No está amparado menor acusado del homicidio de
Pepe Fuentes y familia
· No es cierto que el Tribunal Colegiado del
Décimo Circuito le haya concedido el amparo de la justicia federal, subraya
magistrado Luciano Javier Gracia Carrillo
· La Suprema Corte determinará respecto a la
interpretación y alcance de tratados internacionales sobre derechos de menores
en el caso que conmocionó a los tabasqueños
El magistrado
especializado en justicia para adolescentes, Luciano Javier Gracia Carrillo, negó
que el menor imputado por los delitos de homicidio calificado de cuatro
integrantes de la familia Fuentes Argüelles, así como robo de vehículo, robo en
casa habitación y violación, vaya a salir en libertad, luego de que
supuestamente le fue otorgado un amparo de la justicia federal.
Es inexacto que le hayan concedido el
amparo y que vaya a ser liberado el presunto responsable de los lamentables
hechos ocurridos el 5 de septiembre de 2009 en la privada Tucanes de la colonia
Primero de Mayo, subrayó.
Lo que resolvieron los magistrados del
Tribunal Colegiado del Décimo Circuito especializado en Materia de Adolescentes
fue no entrar al fondo del asunto del juicio de amparo número 381/2012, y
solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ejerza su
facultad de atracción, para que sea esa instancia la que niegue u otorgue el
amparo al quejoso.
Gracia Carrillo explicó que las razones
por las cuales el Tribunal Colegiado de Circuito asumió esta decisión fueron,
en primer lugar porque cuando sucedieron los hechos se generó una gran
conmoción en la sociedad, dada la magnitud de éstos y la extrema crueldad con
que se cometieron los ilícitos.
En segundo sitio, el Tribunal Colegiado
de Circuito decidió remitir el caso ante el tribunal de alzada, toda vez que en
el juicio de garantías se están discutiendo derechos que afectan a menores de
edad. Por un lado, los que resultaron ser víctimas, esto es, los dos hijos del
ingeniero José Fuentes Esperón y su esposa Lilián Argüelles de Fuentes, y por
otro, el imputado, que resultó ser vecino de la familia victimada.
El magistrado detalló que al respecto
existen diversos tratados internacionales signados por México sobre los
derechos de menores y adolescentes que son sometidos a un proceso penal, y será
necesario que la Suprema Corte de Justicia de la Nación sea la que fije la
interpretación y alcance de estos instrumentos legales internacionales en este
caso concreto.
Cabe recordar que el 11 de febrero de 2011, al menor
imputado le fue dictada una sentencia de pena privativa de la libertad por ocho
años (equiparables
a 40 años de internamiento en régimen cerrado para un adulto), ya que es el
máximo permitido por el artículo 139 de la Ley que establece el Sistema
Integral de Justicia para Adolescentes de Tabasco, vigente en ese momento.
También
se le sancionó a cuatro años de libertad asistida, que empezará a compurgar una
vez que termine de cumplir la sanción de internamiento en régimen cerrado.